DecretoVigente
Decreto 2923 de 1979
Por el cual se reforma el artículo 66 del Decreto 1927 de 1975
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Refórmase El Artículo 66 Del Decreto 1927 De 1975, En El Sentido De Que Para La Vigencia Fiscal En Curso, Las Intendencias Y Comisarías Pueden Abrir Créditos Y Efectuar Traslados Presupuestales Hasta El 31 Y 15 De Diciembre De 1979, Respectivamente2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
03