DecretoVigente
Decreto 357 de 1922
Por el cual se reforma el marcado con el número 85, de 21 de enero del año en curso, y se adiciona el número 121, de 20 del mismo mes
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Reconózcase Al Señor Carlos Jiménez Gómez Su Carácter De Cajero Habilitado Da La Comisión Técnica Del Quindío, Con La Asignación Mensual De Ciento Cuarenta Pesos ($ 140), Sin Derecha A Ninguna Otra, Remuneración, Desde El 21 De Enero Último Hasta El 31 Del Presente Mes, Y En Esta Última Fecha Debe Reintegrar En La Oficina De Caja Y Habilitación Del Ministerio De Obras Públicas, Donde Quedan Radicados Los Pagos De La Mencionada Comisión, Las Órdenes De Pago Que No Le Hayan Sido Cubiertas, Así Como Cualquier Cantidad De Dinero Que Tenga En Su Poder Al Expirarse Este Plazo2Las Cuentas De Cobro Por Los Gastos Que Se Hayan Ocasionado Desde El Citado 21 De Enero De Este Año Hasta El 31 Del Presente Mes, Serán Visadas Por El Alcalde Del Respectivo Municipio Donde Los Gastos Se Ocasionaron, Y Llevaran El Páguese Del Ministerio De Obras Públicas3Queda Así Reformado El Articulo 3
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