Micelio

Artículo 2

Las Cuentas De Cobro Por Los Gastos Que Se Hayan Ocasionado Desde El Citado 21 De Enero De Este Año Hasta El 31 Del Presente Mes, Serán Visadas Por El Alcalde Del Respectivo Municipio Donde Los Gastos Se Ocasionaron, Y Llevaran El Páguese Del Ministerio De Obras Públicas

Decreto 357 de 1922 · Por el cual se reforma el marcado con el número 85, de 21 de enero del año en curso, y se adiciona el número 121, de 20 del mismo mes

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° las cuentas de cobro por los gastos que se hayan ocasionado desde el citado 21 de enero de este año hasta el 31 del presente mes, serán visadas por el Alcalde del respectivo municipio donde los gastos se ocasionaron, y llevaran el páguese del Ministerio de Obras Públicas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 357 de 1922