DecretoDerogado
Decreto 1907 de 1973
Por el cual se suprimen unos cargos en la Planta de Personal del sector central del Ministerio de Educación Nacional
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Suprímense De La Planta De Personal Del Sector Central Del Ministerio De Educación Determinada Por El Decreto 2126 De 1971, Los Siguientes Cargos: No2Créanse En La Planta De Personal Del Sector Central Del Ministerio De Educación Nacional, Los Siguientes Cargos: No De Cargos, Clase Y Categoría Sueldo De Ingreso Despacho Del Ministro 2 Mecánicos Iv - 17 $ 23El Gobierno O El Ministro Procederá, Conforme Las Disposiciones Legales Vigentes, A Designar El Personal Que Deba Ocupar Los Empleos Que Se Establecen En El Presente Decreto, Y Los Empleados Que Estando Al Servicio Del Ministerio De Educación Fueren Incorporados En Los Cargos Creados Por El Presente Decreto No Requerirán Llenar Otra Formalidad Para La Posesión Que La Firma Del Acta Respectiva, Y El Pago Del Impuesto De Timbre Correspondiente A La Diferencia De Remuneración4El Reconocimiento De La Prima De Antigüedad Se Hará Conforme A Las Previsiones De Los Decretos 2285 Y 3191 De 19685Los Actuales Empleados Que Fueren Designados En Cargos Con Sueldos Inferiores A Los Que Están Devengando, En El Momento De Incorporarse A La Planta Establecida En El Presente Decreto, Continuarán Percibiendo El Sueldo Anterior Hasta Cuando Se Retiren O Pasen A Otro Cargo, Pero Las Primas De Antigüedad Se Computarán, Sobre Los Sueldos De Ingreso6El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1° De Enero De 1973