DecretoVigente
Decreto 2895 de 1950
Por el cual se suprime una Registraduría del Estado Civil en la Intendencia del Meta y se crea otra en el mismo territorio
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créase Una Registraduría Del Estado Civil En El Corregimiento De Puerto López (Intendencia Del Meta), Que Pertenecerá A La Segunda Zona De Cundinamarca, Que Será De Categoría Especial Y Cuyo Registrador Y Secretario Tendrán Una Asignación Mensual Igual A La Que Hoy Disfrutan Dichos Empleados En La Registraduría De Uribe2Suprímese, A Partir De La Publicación De Este Decreto En El Diario Oficial , La Registraduría Del Estado Civil De Uribe En La Intendencia Del Meta, Del Departamento Electoral De Cundinamarca
03