DecretoVigencia En Estudio
Decreto 1259 de 1971
Por el cual se dictan medidas relacionadas con la conservación del orden público
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Mientras Dure El Presente Estado De Sitio, Facúltase A Los Rectores De Las Universidades Oficiales, De Carácter Nacional, Departamental O Distrital Para Dictar Cuando Lo Consideren Necesario, Las Medidas Académicas, Administrativas O Disciplinarias Que Las Leyes, Decretos, Ordenanzas, Acuerdos, Estatutos, Reglamentos Y Demás Normas Vigentes, Atribuyan A Las Demás Autoridades De Sus Respectivas Universidades, Excepción Hecha De Las Relativas A Aprobación Anual Del Presupuesto Y Creación De Unidades Docentes, Investigativas, O Administrativas2Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición Y Suspende Las Disposiciones Que Le Sean, Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Misael Pastrana BorreroPresidente de la República
- Abelardo Forero BenavidesEl Ministro de Gobierno
- Fernando Navas De BrigardEl Ministro de Relaciones Exteriores, encargado · encargado
- Miguel Escobar MéndezEl Ministro de Justicia
- Rodrigo Llorente MartínezEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Mayor General Abraham Varón ValenciaEl Ministro de Defensa Nacional, encargado · encargado
- Hernán Jaramillo OcampoEl Ministro de Agricultura
- Crispín Villazón De ArmasEl Ministro de Trabajo y Seguridad Social
- José María Salazar BuchelliEl Ministro de Salud Pública
- Jorge Valentía JaramilloEl Ministro de Desarrollo Económico
- Juan B. Fernández RenowitzkyEl Ministro de Minas y Petróleos
- Luis Carlos Galán SarmientoEl Ministro de Educación Nacional
- Humberto Chaves NaviaEl Ministro de Comunicaciones, encargado · encargado
- Argelino Duran QuinteroEl Ministro de Obras Públicas