DecretoVigente
Decreto 77 de 1989
por el cual se fija la proporción en que debe distribuirse entre los municipios afectados, el impuesto de industria y comercio que corresponde pagar a la Central Hidroeléctrica de Playas.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Fíjase Lo Que Corresponde Pagar Por Concepto De Impuesto De Industria Y Comercio Según La Capacidad Eléctrica Instalada En La Central Hidroeléctrica De Playas A Los Municipios De San Rafael Y San Carlos, Afectados Por Esta Obra, Así: Municipio Factor De Proporcionalidad % Equivalentes En Kw2El Presente Decreto Rige A Partir De Su Publicación
03