Decreto
Decreto 620 de 2020
por el cual se subroga el título 17 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1078 de 2015, para reglamentarse parcialmente los artículos 53, 54, 60, 61 y 64 de la Ley 1437 de 2011, los literales e), j) y literal a) del parágrafo 2 del artículo 45 de la Ley 1753 de 2015, el numeral 3 del artículo 147 de la Ley 1955 de 2019, y el artículo 9° del Decreto 2106 de 2019, estableciendo los lineamientos generales en el uso y operación de los servicios ciudadanos digitales.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Subróguese El Título 17 De La Parte 2 Del Libro 2 Del Decreto Único Reglamentario Del Sector De Tecnologías De La Información Y Las Comunicaciones, Decreto 1078 De 2015 El Cual Quedará Así: “título 17 Lineamientos Generales En El Uso Y Operación De Los Servicios Ciudadanos Digitales Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 22Implementación De Las Medidas De Los Artículos 23Vigencia Y Subrogación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Iván Duque MárquezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 64 de la Ley 1437 de 2011, 45 de la Ley 1753 de 2015 y 147 de la Ley 1955 de 2019
- Alberto Carrasquilla BarreraEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Sylvia Cristina Constaín RengifoLa Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
- Fernando Antonio Grillo RubianoEl Director del Departamento Administrativo de la Función Pública