DecretoVigente
Decreto 3399 de 1982
por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a los Consejos Comisariales del Amazonas, Guainía, Gaviaré, Vaupés y Vichada y se adoptan otras determinaciones.
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir Del Primero De Diciembre Del Presente Año, Y Por Un Periodo De Ocho (8) Días Hábiles Convócase A Sesiones Extraordinarias A Los Consejos Comisariales Del Amazonas, Guainía, Gaviaré, Vaupés Y Vichada2Durante El Periodo De Sesiones Extraordinarias, Los Consejos Convocados Se Ocuparán Exclusivamente Del Estudio Y Aprobación De Los Acuerdos Del Presupuesto Respectivos3Para El Trámite De Los Proyectos De Acuerdos Indicados En El Artículo Anterior, No Regirán Los Plazos Señalados En Los Artículos 23 Y 26 Del Decreto 1927 De 19734Los Acuerdos Aprobados Por Los Consejos De Que Trata Este Decreto En El Periodo Extraordinario De Sesiones, No Tendrán Validez Ni Entrarán A Regir Sin La Aprobación Del Gobierno Nacional O Del Departamento Administrativo De Intendencias Y Comisarías, En Los Casos Previstos Por El Parágrafo Del Artículo 13 Del Decreto 1926 De 19755Durante Las Sesiones Extraordinarias Los Citados Consejos Funcionarán Observando Las Normas Del Decreto 1817 De 1976 Y Los Consejeros Tendrán Derecho A Los Documentos Vigentes6Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
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