DecretoVigente
Decreto 2287 de 1950
por el cual se concede una subvención.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Subvenciónase Con La Suma De Diez Mil Pesos, Moneda Corriente ($ 102La Subvención A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Se Pagará Una Vez Firmado El Presente Decreto Al Señor Enrique Rambal García; En Su Condición De Empresario De La Expresada Compañía Lírica Italiana, A La Presentación De Las Respectivas Cuentas De Cobro, Visadas Por El Departamento De Extensión Cultural Y Bellas Artes Del Ministerio De Educación Nacional, Con Imputación Al Capítulo 89, Artículo 1105 Del Presupuesto Nacional Vigente
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