Micelio

Artículo 2

La Subvención A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Se Pagará Una Vez Firmado El Presente Decreto Al Señor Enrique Rambal García; En Su Condición De Empresario De La Expresada Compañía Lírica Italiana, A La Presentación De Las Respectivas Cuentas De Cobro, Visadas Por El Departamento De Extensión Cultural Y Bellas Artes Del Ministerio De Educación Nacional, Con Imputación Al Capítulo 89, Artículo 1105 Del Presupuesto Nacional Vigente

Decreto 2287 de 1950 · por el cual se concede una subvención.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La subvención a que se refiere el artículo anterior, se pagará una vez firmado el presente Decreto al señor Enrique Rambal García; en su condición de empresario de la expresada Compañía Lírica Italiana, a la presentación de las respectivas cuentas de cobro, visadas por el Departamento de Extensión Cultural y Bellas Artes del Ministerio de Educación Nacional, con imputación al Capítulo 89, artículo 1105 del Presupuesto Nacional vigente. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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