DecretoDerogado
Decreto 1929 de 2007
por el cual se reglamenta el artículo 616-1 del Estatuto Tributario.
13artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Definiciones2Principios Básicos De Autenticidad E Integridad3Requisitos De Contenido Fiscal De La Factura Electrónica Y De Las Notas Crédito4Requisitos De Contenido Técnico De La Factura Electrónica Y De Las Notas Crédito5Exhibición De La Factura Electrónica6Conservación De La Factura Electrónica7Acuerdo Para La Expedición Y Aceptación De Facturas Electrónicas8Control De Emisión De Factura Electrónica9Obligaciones Generales10Exclusiones11Factura Electrónica Como Soporte Fiscal12La Dirección De Impuestos Y Aduanas Nacionales Establecerá Mediante Resolución Las Características Y Contenido Técnico De La Factura Electrónica De Que Trata El Presente Decreto, A Más Tardar Dentro De Los Seis (6) Meses Siguientes A La Publicación Del Mismo13Vigencia Y Derogatorias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas por el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 616-1 del Estatuto Tributario y el artículo 26 de la Ley 962 de 2005, y
- Oscar Iván Zuluaga EscobarEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Fernando Grillo RubianoEl Director General del Departamento Administrativo de la Función Pública