DecretoVigente
Decreto 2865 de 1991
por el cual de reduce el impuesto a las importaciones.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Redúcese A 0% Del Valor Cif, La Tarifa Del Impuesto A Las Importaciones De Que Trata El Inciso 1º Del Artículo 95 De La Ley 75 De 1986 Para La Maquinaria Y Equipo Clasificable Por Las Partidas Arancelarias Señaladas En El Decreto 2743 De 19912Para Tener Derecho A La Tarifa Señalada En El Artículo Anterior, El Interesado Deberá Anexar A La Declaración De Despacho Para Consumo De La Mercancía, Constancia Expedida Por El Intermediario Asignado, De Haber Efectuado El Pago De Por Lo Menos El 20% Del Valor Fob De La Respectiva Importación En Los Términos Previstos En La Resolución Externa Número 14 De La Junta Directiva Del Banco De La República3Si La Mercancía Que Se Importa Clasifica Por Una De Las Partidas Arancelarias Señaladas En El Artículo 3º Del Decreto 2743 De 1991, Para Tener Derecho A La Tarifa Señalada En El Presente Decreto, El Interesado Deberá Además De Cumplir Los Requisitos Previstos En El Artículo Anterior, Anexar El Certificado Expedido Por El Incomex Que Acredite La Inexistencia De Producción Nacional De La Mercancía4El Presente Decreto Rige A Partir De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas por el artículo 79 de la Ley 49 de 1990 y en concordancia con la Resolución externa 14 de la Junta Directiva del Banco de la República
- Rudolf Hommes RodríguezEl Ministro de Hacienda y Crédito Público