Micelio

Artículo 2

Para Tener Derecho A La Tarifa Señalada En El Artículo Anterior, El Interesado Deberá Anexar A La Declaración De Despacho Para Consumo De La Mercancía, Constancia Expedida Por El Intermediario Asignado, De Haber Efectuado El Pago De Por Lo Menos El 20% Del Valor Fob De La Respectiva Importación En Los Términos Previstos En La Resolución Externa Número 14 De La Junta Directiva Del Banco De La República

Decreto 2865 de 1991 · por el cual de reduce el impuesto a las importaciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Para tener derecho a la tarifa señalada en el artículo anterior, el interesado deberá anexar a la declaración de despacho para consumo de la mercancía, constancia expedida por el intermediario asignado, de haber efectuado el pago de por lo menos el 20% del valor FOB de la respectiva importación en los términos previstos en la Resolución externa número 14 de la Junta Directiva del Banco de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2865 de 1991