DecretoVigente
Decreto 67 de 1945
Por el cual se crean unos cargos y se adscriben unas funciones (ramo de Edificios Nacionales)
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Personal De Dirección Y Administración De Las Obras Del Hospital Nacional De Puerto Berrío, Constará De Un Ingeniero Administrador, Con $ 500 De Sueldo Mensual, Y De Un Almacenista, Con $ 200 Mensuales2Adscríbense Las Funciones De Pagador Contador De Las Obras A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Al Habilitado De Las Obras Portuarias De Puerto Berrío, Empleado Que Tendrá Una Asignación Mensual De $ 250, Pagada Así: $ 205, Por Las Obras Portuarias, Y $ 45 Por Ta Obra Del Hospital; Pero Si Esta Última Obra Quedare Terminada O Suspendida Por Falta De Fondos Para Continuarla, Dicho Empleado Devengará Únicamente El Sueldo Correspondiente A Las Obras Portuarias Mencionadas3El Ejercicio De Los Cargos A Que Se Refiere Este Decreto No Da Derecho A Devengar Prima Móvil
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