Micelio

Artículo 2

Adscríbense Las Funciones De Pagador Contador De Las Obras A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Al Habilitado De Las Obras Portuarias De Puerto Berrío, Empleado Que Tendrá Una Asignación Mensual De $ 250, Pagada Así: $ 205, Por Las Obras Portuarias, Y $ 45 Por Ta Obra Del Hospital; Pero Si Esta Última Obra Quedare Terminada O Suspendida Por Falta De Fondos Para Continuarla, Dicho Empleado Devengará Únicamente El Sueldo Correspondiente A Las Obras Portuarias Mencionadas

Decreto 67 de 1945 · Por el cual se crean unos cargos y se adscriben unas funciones (ramo de Edificios Nacionales)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Adscríbense las funciones de Pagador Contador de las obras a que se refiere el artículo anterior, al Habilitado de las obras portuarias de Puerto Berrío, empleado que tendrá una asignación mensual de $ 250, pagada así: $ 205, por las Obras Portuarias, y $ 45 por ta obra del Hospital; pero si esta última obra quedare terminada o suspendida por falta de fondos para continuarla, dicho empleado devengará únicamente el sueldo correspondiente a las obras portuarias mencionadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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