en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional
Artículo 1Autorízase A Los Departamentos, Intendencias Y Comisarías Para Cobrar, A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto, El Impuesto Sobre Consumo De Licores Extranjeros, Conforme A La Siguiente Tarifa: Aguardientes (Whisky, Brandy, Cogñac, Ginebra, Pusse Cafes, Cremas, Rones, Anisados, Y Similares); Champaña C Vinos Espumosos, Un Peso Con Cincuenta Centavos ($ 1
º. Autorízase a los Departamentos, Intendencias y Comisarías para cobrar, a partir de la vigencia del presente Decreto, el impuesto sobre consumo de licores extranjeros, conforme a la siguiente tarifa: Aguardientes (whisky, brandy, cogñac, ginebra, pusse cafes, cremas, rones, anisados, y similares); champaña c vinos espumosos, un peso con cincuenta centavos ($ 1.50) moneda corriente, por cada cien (100) gramos de líquido o fracción.
Artículo 2El Impuesto De Vinos Extranjeros Generosos, De Menos De 22 Grados, Y Tintos Y Blancos De Menos De 15 Grados Centesimales, Se Cobrara A Razón De Tres Pesos ($ 3
º. El impuesto de vinos extranjeros generosos, de menos de 22 grados, y tintos y blancos de menos de 15 grados centesimales, se cobrara a razón de tres pesos ($ 3.00) por cada botella cuya capacidad exceda de trescientos setenta y cinco (375) gramos y no sea mayor de mil (1.000) gramos netos.
Artículo 3Los Impuestos De Consumo De Que Tratan El Artículo 1º Y 2º Deberán Ser Pagados Dentro De Los Treinta (30) Días Siguientes A La Expedición Del Acta De Reconocimiento O Planilla
º. Los impuestos de consumo de que tratan el artículo 1º y 2º deberán ser pagados dentro de los treinta (30) días siguientes a la expedición del acta de reconocimiento o planilla.
Para las transacciones con licores estampillados seguirá empleándose el sistema habitual de guías y tornaguías.
Artículo 4El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición Y Suspende Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
º. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición y suspende las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y publíquese.