DecretoVigente
Decreto 3333 de 2008
por el cual se regula una línea de redescuento, con tasa compensada, de la Financiera de Desarrollo Territorial S. A., Findeter, para el Financiamiento de las Inversiones en Agua, FIA, dentro de los Planes Departamentales para el Manejo Empresarial de los Servicios de Agua y Saneamiento -PDAy se modifica el Decreto 280 del 31 de enero de 2006.
9artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 12Artículo 23Artículo 34Artículo 45La Tasa De Interés Final Estará Determinada Por El Plazo Que Requiera El Crédito Otorgado Por Los Intermediarios Financieros, El Cual Será Redescontado Hasta En Un 50% Por Findeter Para Plazos Entre 0 Y 15 Años De Acuerdo Con La Siguiente Tabla6Artículo 67Artículo 78Artículo 89Artículo 9
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política y el parágrafo del literal b) del numeral 3º del artículo 270, del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, y
- Oscar Iván Zuluaga EscobarEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Juan Lozano RamírezEl Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial