DecretoCompilado
Decreto 3309 de 2009
por el cual se adicionan las excepciones contempladas en el artículo 121 del Decreto 1950 de 1973.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1La Persona Que Se Encuentre Gozando De Pensión De Jubilación Y Que No Haya Llegado A La Edad De 65 Años, Podrá Ser Reintegrada Al Servicio Al Empleo De Presidente, Gerente O Subgerente De Empresa Oficial De Servicios Públicos Del Nivel Nacional O Territorial2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Alvaro Uribe VelezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 29 del Decretoley 2400 de 1968, subrogado por el artículo 1° del Decreto-ley 3074 del mismo año
- Elizabeth Rodríguez TaylorLa Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública