DecretoVigente
Decreto 318 de 2013
por el cual se establece una medida sanitaria para la importación de carne de cerdo.
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01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
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1Modificar El Inciso 2° Del Literal C) Del Artículo 346 Del Decreto 2278 De 1982, El Cual Quedará Así: "con Relación A Trichinella, Para La Importación De Carne De Cerdo Al Territorio Nacional, Las Autoridades Sanitarias Exigirán El Cumplimiento De Al Menos Uno De Los Siguientes Requisitos: A) Resultado Negativo Para Prueba De Diagnóstico De La Triquinelosis; B) Haberse Sometido A Un Tratamiento Que Garantice La Destrucción De Todas Las Larvas Del Parásito; C) Proceder De Suidos Domésticos Que Nacieron Y Se Criaron En Un País O Una Zona Cuya Población De Suidos Domésticos Está Libre De Triquinelosis; D) Las Condiciones Establecidas Por Las Autoridades Sanitarias De Colombia Para Cada País De Acuerdo Con La Evaluación De Riesgo Pertinente"2Vigencia Y Derogatorias