DecretoVigente
Decreto 612 de 1921
Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Trasládase En El Presupuesto Nacional De Gastos Para El Año Fiscal De 1° De Enero A 31 De Diciembre De 1921, Del Ministerio De Agricultura Y Comercio, Capítulo 63, Gastos Varios, Artículo 716, La Suma De Veinte Mil Pesos ($ 20,000), A La Siguiente Imputación: Ministerio De Agricultura Y Comercio Capitulo 63 Gastos Varios2La Dirección General De La Contabilidad Nacional, La Oficina Central De Ordenación, La De Reconocimientos Del Ministerio De Agricultura Y Comercio Y Las Pagadoras Respectivas, Describirán En Sus Libros Los Asientos A Que Da Lugar El Presente Decreto
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