Artículo 1Créase En Cada Una De Las Capitales De Los Departamentos Una Comisión De Conciliación Y Garantías Integrada Por Un Representante De Cada Una De Las Directivas Políticas Nacionales, Con El Fin De Que, De Común Acuerdo Y En Asocio De Los Gobernadores, Tomen Las Providencias Que Juzguen Aconsejables Tendientes A Garantizar El Normal Desarrollo Del Proceso Electoral Y Propender Por La Conservación De La Tranquilidad Pública En El Territorio Del Departamento
° Créase en cada una de las capitales de los Departamentos una Comisión de Conciliación y Garantías integrada por un representante de cada una de las Directivas Políticas Nacionales, con el fin de que, de común acuerdo y en asocio de los Gobernadores, tomen las providencias que juzguen aconsejables tendientes a garantizar el normal desarrollo del proceso electoral y propender por la conservación de la tranquilidad pública en el territorio del Departamento.
Artículo 2Las Comisiones Que Se Crean Por El Artículo Anterior, Quedarán Integradas Por Los Siguientes Ciudadanos, Que Fueron Designados Por Las Directivas: Barranquilla: Francisco Carbonell González Rafael Blanco De La Rosa Gerardo Certein Bucaramanga: Pedro Nel Rueda Uribe Alfonso Silva Lázaro F
° Las Comisiones que se crean por el artículo anterior, quedarán integradas por los siguientes ciudadanos, que fueron designados por las Directivas: Barranquilla: Francisco Carbonell González Rafael Blanco de la Rosa Gerardo Certein Bucaramanga: Pedro Nel Rueda Uribe Alfonso Silva Lázaro F. Soto Bogotá: Hernando Carrizosa Pardo Luis Tamayo Pedro Eliseo Cruz Cali : Hernando Navia Carlos Navia Belalcázar Luís Angel Tofiño Cartagena: José Gabriel de la Vega Senén González Guerra Francisco de P. Vargas Cúcuta : Lucio Pabón Núñez Guillermo Elíseo Suárez Carlos Rafael Villamizar Ibagué : Rafael Dávila Alberto Santofimio Lisandro E. Carvajal Manizales: Antonio Alvarez Restrepo Ernesto Arango Tavera Jesús Gutiérrez Medellín : Luis Navarro Ospina Julián Uribe Gaviria Gabriel Sanín Villa Neiva: Rafael Azuero Oliverio Lara Eliécer Pinilla Rodríguez Pasto: Jorge Rosero Pastrana Alberto León Mantilla Julio César Henríquez Popayán: Francisco Angulo José María Lenis Francisco José Chaux Santa Marta: Juan Benavides Macea Alberto Dávila Juan B. Barrios Tunja: Guillermo Salamanca Gonzalo Vargas Rubiano Dimas Barrero
Artículo 3Los Ciudadanos Nombrados Miembros De Las Comisiones De Conciliación Y Garantías Por El Artículo Anterior, Tendrán El Carácter De Delegados Presidenciales Especiales, Con Atribuciones En Todo El Departamento, Y Gozarán De Gastos De Transporte Y Viáticos, A Razón De $ 25 Diarios
° Los ciudadanos nombrados miembros de las Comisiones de Conciliación y Garantías por el artículo anterior, tendrán el carácter de Delegados Presidenciales Especiales, con atribuciones en todo el Departamento, y gozarán de gastos de transporte y viáticos, a razón de $ 25 diarios. Comuníquese y publíquese.