El Presidente de la República de Colombia
En uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que está para terminar el contrato de arrendamiento de la Renta de Licores en la Intendencia del Chocó, y es necesario proveer la manera conveniente al nuevo arrendamiento de la misma
Considerando · 1 motivo
Que está para terminar el contrato de arrendamiento de la Renta de Licores en la Intendencia del Chocó, y es necesario proveer la manera conveniente al nuevo arrendamiento de la misma;
Artículo 1
Artículo único. Regirá en la Intendencia del Chocó el Decreto número 87 de 1910, publicado en el Diario Oficial número 13912, que trata del arrendamiento de la Renta de Licores de la Intendencia del Meta. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno