DecretoVigente
Decreto 2077 de 1930
Por el cual se dispone el pago de unos sueldos a los empleados del ferrocarril troncal de Occidente que trabajaron en la entrega de la empresa al Departamento de Antioquia, y se reconoce al ferrocarril de Antioquia una suma gastada por la misma causa
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Reconócense A Los Siguientes Empleados Del Ferrocarril Troncal De Occidente Las Sumas Que Se Expresan A Continuación, Correspondientes A Sus Sueldos Durante El Tiempo Empleado En La Entrega De La Empresa A La Superintendencia Del Ferrocarril De Antioquia: Santiago Londoño, Gerente $ 1,848 Bernardo Bravo, Contador General 1,071 Mercedes Tobón, Cajera General 405 Mercedes Cárdenas, Dactilógrafa 70 Crispiniano Ospina, Ayudante De Contabilidad 320 Eduardo Isaza Martínez, Secretario Abogado 442 Horacio Múnera, Encargado Del Departamento Comercial 640 Juan J2Reconócese A La Superintendencia Del Ferrocarril De Antioquia La Suma De Mil Trescientos Cuarenta Y Nueve Pesos Con Setenta Centavos ($ 13Las Cantidades Anteriores Serán Cubiertas A La Gobernación Del Departamento De Antioquia En La Administración De Hacienda Nacional De Medellín, Con Fondos Que Se Situarán Exclusivamente Con Este Objeto
03