DecretoVigente
Decreto 753 de 1972
Por el cual se reglamentan algunas normas del Código de Comercio sobre Propiedad Industrial
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Los Dibujos A Que Se Refiere El Artículo 543, Ordinal 3° Del Decreto-Ley 410 De 1971, Que Serán Los Necesarios Para La Completa Comprensión Del Objeto O Invención, Podrán Presentarse En Forma De Planos, Diseños, Esquemas O Fotografías2Al Tenor De Lo Dispuesto En El Artículo 573 Íbidem Los Planos, Diseños, Esquemas O Fotografías Que Se Presenten Con Las Solicitudes De Modelos Y Dibujos Industriales, Deberán Contemplar Todas Las Vistas Externas De Elevación, Planta Y Cortes, Aptas Para Su Plena Inteligencia Y Apreciación3Conforme Lo Prescribe El Ordinal 3º4Por Resolución Del Ministerio De Desarrollo Económico Se Fijarán Las Tarifas Para Las Publicaciones Que, Por Mandato Legal, Deban Efectuarse En La Gaceta De Propiedad Industrial5La Renovación Del Registro De Una Marca O La Prórroga De Una Patente De Invención Deberá Solicitarse Dentro De Los Seis Meses Anteriores A La Fecha Del Vencimiento Del Registro De La Marca O De La Patente Según El Caso6Para Efectos Del Depósito De Nombres Comerciales O Enseñas De Que Tratan Los Artículos 603 A 611 Del Decreto-Ley 410 De 1971, Se Aplicará En Cuanto Fuere Compatible, La Clasificación Marcaria7El Presente Decreto Rige A Partir De Su Expedición
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