DecretoVigente
Decreto 1715 de 1928
Por el cual se crean tres puestos supernumerarios para la Aduana de Buenaventura, se hacen varios nombramientos y se reconocen unos sueldos
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créanse Tres Puestos De Abogados Consultores Supernumerarios Para La Aduana De Buenaventura, Con La Asignación Mensual De S 300 Cada Uno, Quienes Durarán En Ejercicio De Sus Funciones Hasta El Treinta Y Uno (31) De Diciembre Del Presente Año, Y Se Dedicarán Al Estudio De Las Reclamaciones Viejas Pendíente En La Administración De La Aduana2Hacerce Los Siguientes, Nombramientos Para Las Dependencias Del Ministetio De Hacienda Y Crédito Público: Abogados Consultores Supernumerarios De La Aduana De Buenaventura, Creados Por El Présente Decreto, Se Nombra A Los Señores3Reconócese Derecho A Devengar Sueldo Desde El Día Primero Del Presente Mes, Fecha Desde La Cual Están Prestando Sus Servicios, A Los Señores Gustavo Vergara Q
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