DecretoVigente
Decreto 752 de 1978
Por el cual se aprueba un acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Apruébase El Acuerdo Número 5 Del 13 De Abril De 1978 Del Comité Nacional De Cafeteros, Cuyo Texto Es El Siguiente: Acuerdo Numero 6 De 1978 (Abril 13) El Comité Nacional De Cafeteros, En Uso De Sus Atribuciones, Y Considerando: A) Que En Virtud Del Decreto Extraordinario Número 2078 De 1940 Y De Las Disposiciones Que Lo Adicionan Y Lo Reforman, El Gobierno Y La Federación Celebraron El 11 De Diciembre De 1940, Un Contrato Sobre Manejo Del Fondo Nacional Del Café E Intervención En Los Mercados Cafeteros, Para El Desarrollo Del Convenio Interamericano Sobre Cuotas De Exportación, Contrato Que Ha Sido Adicionado Y Complementado Por Otros Posteriores Celebrados Entre Las Mismas Partes Con El Objeto De Solucionar, De Acuerdo Con La Experiencia Obtenida En El Desarrollo Del Mismo, Aquellos Puntos Que No Se Habían Podido Prever Originalmente Y A Fin De Darle Desarrollo Y Cumplimiento A Normas Legales Y A Disposiciones De Los Congresos Cafeteros1Autorizar A La Gerencia De La Federación Para Que, Mediante La Reinversión De Los Dividendos Que Correspondieron Al Fondo Nacional Del Café Durante El Ejercicio De 1977 Como Accionista De La Corporación Financiera Del Norte, Suscriba Y Pague 1792Someter El Presente Acuerdo A La Aprobación Del Señor Presidente De La República, Por Conducto Del Ministro De Hacienda Y Crédito Público2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición Comuníquese Y Cúmplase Dado En Bogotá, D
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