DecretoVigente
Decreto 605 de 1934
Sobre registro de diplomas y certificados de odontólogos
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Ministerio De Educación Nacional Se Abstendrá De Reconocer Y Registrar Los Títulos O Certificados De Odontología Expedidos Por Los Establecimientos Privados A Aquellos Alumnos Que No Comprueben Debidamente Haber Llenado Los Requisitos De Que Trata La Parte Motiva Del Presente Decreto2Señálense Los Días 15 Y 16 De Abril Próximo, Para Que Se Verifiquen Exámenes Extraordinarios De Cultura General En El Ministerio Del Ramo Para Los Alumnos Que Deseen Ingresar A Los Planteles De Enseñanza Odontológica, Oficiales Y Privados3Autorízase A La Escuela Nacional De Odontología Anexa A La Facultad De Medicina, Para Abrir Matrícula Extraordinaria Hasta El Día Último De Abril Del Presente Año Para Los Alumnos Que Deseen Ingresar A Ella Por Primera Vez Y Para Los Que, Habiendo Iniciado Estudios De Odontología En Otros Planteles, Quieran Continuarlos En Dicha Escuela
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