º. El Ministerio de Educación Nacional se abstendrá de reconocer y registrar los títulos o certificados de Odontología expedidos por los establecimientos privados a aquellos alumnos que no comprueben debidamente haber llenado los requisitos de que trata la parte motiva del presente Decreto.
Decreto 605 de 1934 →Vigente
Artículo 1
El Ministerio De Educación Nacional Se Abstendrá De Reconocer Y Registrar Los Títulos O Certificados De Odontología Expedidos Por Los Establecimientos Privados A Aquellos Alumnos Que No Comprueben Debidamente Haber Llenado Los Requisitos De Que Trata La Parte Motiva Del Presente Decreto
Decreto 605 de 1934 · Sobre registro de diplomas y certificados de odontólogos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.