DecretoVigente
Decreto 1374 de 1988
por medio del cual se aclaran y modifican algunos niveles porcentuales del CERT.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Las Exportaciones De Los Productos Cuyas Posiciones O Ítems Arancelarios Se Relacionan A Continuación Y Que Se Embarquen A Partir De La Publicación Del Presente Decreto, Tendrán Los Siguientes Niveles Porcentuales De Certificado De Reembolso Tributario, Cert: Posiciones O Ítems Arancelarios2Para Las Posiciones O Ítems Arancelarios No Incluidos En El Artículo 1° Del Presente Decreto, Continuarán Rigiéndose Por Los Mismos Niveles Porcentuales De Cert Vigentes Establecidos En El Decreto 107 De Enero 19 De 19873A Las Exportaciones De Las Sociedades De Comercialización Internacional Se Les Aplicará Únicamente Los Niveles Porcentuales De Cert Establecidos En Los Artículos 1° Del Decreto 107 De Enero 19 De 1987 Y En El Presente Decreto, En Concordancia Con Lo Dispuesto Por El Artículo 10 Del Decreto 509 De 19884El Presente Decreto Rige A Partir De Su Publicación Y Deroga Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República, en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el ordinal 22 del artículo 120 de la Constitución Nacional y con sujeción a las normas generales señaladas en la Ley 48 de 1983
- Arturo Ferrer CarrascoEl Ministro de Hacienda y Crédito Público (E.)
- Carlos Arturo Marulanda RamírezEl Ministro de Desarrollo Económico