DecretoVigencia En Estudio
Decreto 488 de 1993
por el cual se señala el valor de los honorarios de los Miembros de la Comisión Nacional del Servicio Civil.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
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01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1° Fijar En La Suma De Veinticinco Mil Pesos ($ 252° Los Miembros De La Comisión Nacional Del Servicio Civil Que Tengan La Calidad De Empleados Estatales, A Excepción De Los Directores Del Departamento Administrativo De La Función Pública Y De La Escuela Superior De Administración Pública, Sus Suplentes O Delegados, Devengarán Por La Asistencia A Cada Sesión, Por Concepto De Honorarios, La Suma De Diez Mil Pesos ($ 103° El Valor De Los Honorarios De Que Trata Este Decreto Será Cubierto Con Cargo Al Presupuesto Del Departamento Administrativo De La Función Pública4° Este Decreto Rige A Partir De Su Publicación
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