DecretoVigente
Decreto 447 de 1931
Por el cual se reducen los sueldos y los gastos de representación en el servicio diplomático
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Redúcense, A Partir Del 1° De Abril Próximo, Los Sueldos Y Gastos De Representación De Los Ministros Diplomáticos De La República Y De Los Encargados De Negocios Ante La Santa Sede Y Ante El Gobierno Del Perú, En Un Cuatro Por Ciento; Los Sueldos De Los Encargados De Negocios, En Un Tres Por Ciento; Los De Los Secretarios De Legación Y Los Del Adjunto En Berlín Y El Consejero De La Delegación Ante La Liga De Las Naciones, En Un Dos Y Medio Por Ciento; Y Los De Los Adjuntos, Cancilleres, Mecanógrafos Y Archiveros De Las Legaciones, En Un Dos Por Ciento2Exceptúanse De Las Disposiciones Del Artículo 1°, Los Secretarios De Las Legaciones En Méjico Y En Suiza, Quienes Desempeñan En La Actualidad El Cargo De Encargados De Negocios Ad Ínterim
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