Micelio

decreto 898 de 1911

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Artículo único. Apruébase el Reglamento sobre instrucción para el uso de banderolas de señales, dictado por el Ministerio de Guerra con fecha 3º de Septiembre último. Comuníquese y Publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Guerra