DecretoVigente
Decreto 2783 de 2012
por el cual se determinan los porcentajes de incremento de los avalúos catastrales para la vigencia de 2013
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Los Avalúos Catastrales De Los Predios Urbanos No Formados Y Formados Con Vigencia De 1° De Enero De 2012 Y Anteriores, Se Reajustarán A Partir Del 1° De Enero De 2013 En Tres Punto Cero Por Ciento (3,0%)2Los Avalúos Catastrales De Los Predios Rurales No Formados Y Formados Con Vigencia De 1° De Enero De 2012 Y Anteriores, Dedicados A Actividades No Agropecuarias Se Reajustarán A Partir Del 1° De Enero De 2013 En Tres Punto Cero Por Ciento (3,0%)3Los Avalúos Catastrales De Los Predios Rurales No Formados Y Formados Con Vigencia De 1° De Enero De 2012 Y Anteriores, Dedicados A Actividades Agropecuarias No Tendrán Reajuste Para La Vigencia De 20134Los Predios Urbanos Y Rurales Formados O Actualizados Durante 2012 No Serán Objeto De Reajuste5El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 de artículo 189 de la Constitución Política, las Leyes 14 de 1983, 75 de 1986, 9 de 1989, 44 de 1990, 101 de 1993, y 242 de 1995; y previo concepto del Consejo Nacional de Política Económica y Social (Conpes), y
- Mauricio Cárdenas Santa MaríaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Mauricio Santa María SalamancaEl Director del Departamento Nacional de Planeación