Micelio

decreto 1527 de 1999

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Artículo 1º

º. Adiciónase la nomenclatura de empleos de que trata el Decreto 1681 de 1991 así: Nivel y denominación del Empleo Código DIRECCION Y ASISTENCIA AL PRESIDENTE Vicepresidente de la República 102

Artículo 2º

º. El empleo de Vicepresidente de la República, tendrá una remuneración mensual de nueve millones quinientos mil pesos ($9.500.000.), discriminados así: Concepto Valor Mensual $ Asignación Básica 2.599.200. Prima de Dirección 2.280.000. Gastos de Representación 4.620.800

Parágrafo

La Prima de Dirección de que trata el presente artículo, no es factor de salario para ningún efecto legal.

Artículo 3º

º. El empleo de Vicepresidente de la República, tendrá el mismo régimen prestacional vigente para los empleados del departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

Artículo 4º

º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el artículo 5º del Decreto 68 de 1999.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4º de 1992 Publíque se y cúmplase
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública