DecretoVigente
Decreto 1042 de 1998
por el cual se reglamenta la conformación y funcionamiento del Consejo Nacional de Seguridad del Transporte–CONSET.
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Consejo Nacional De Seguridad Del Transporte–Conset Tendrá El Carácter De Cuerpo Asesor Del Gobierno, Bajo La Directa Dependencia Y Orientación Del Ministerio Del Ramo2El Consejo Nacional De Seguridad Del Transporte–Conset Estará Presidido Por El Ministro De Transporte O Su Delegado, E Integrado Por: 13El Consejo Nacional De Seguridad Del Transporte-Conset Se Reunirá Ordinariamente Una Vez Por Semestre O Extraordinariamente Cuando Los Cite El Ministro De Transporte4Los Diferentes Consejos O Comités Que Se Hayan Conformado Del Sector Transporte O Existan Al Interior De Los Organismos Adscritos O Vinculados Y Cumplan Funciones En Materia De Seguridad Del Transporte, Deberán Canalizar Sus Recomendaciones Sobre Este Tema A Través Del Consejo Nacional De Seguridad Del Transporte-Conset-5El Consejo Nacional De Seguridad Del Transporte-Conset Tendrá Una Secretaría Técnica A Cargo De La Dirección General De Seguridad Del Ministerio De Transporte, Cuyas Funciones Serán Asignadas Por El Ministro De Transporte6El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03