DecretoVigente
Decreto 434 de 1972
Por el cual se destina una partida presupuestal para atender a calamidad pública.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1De La Suma Apropiada En El Presupuesto De La Actual Vigencia, Capítulo 101, Programa 101, Artículo 1015, Para Calamidades Públicas, Destínase La Suma De Ciento Cincuenta Mil Pesos ($ 1502La Suma Señalada En El Precedente Artículo Será Girada Al Tesorero Del Municipio De Samaná A Órdenes De La Junta Integrada Por El Alcalde De Dicho Municipio, El Cura Párroco Del Corregimiento De Florencia, Un Representante De La Junta De Acción Comunal Del Citado Corregimiento Y El Promotor Regional Del Departamento De Caldas3Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
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