DecretoVigente
Decreto 733 de 1945
Por el cual se autorizan unas operaciones de crédito interno
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Autorizase Al Ministro De Hacienda Y Crédito Público Para Emitir Hasta La Cantidad De Veinticinco Millones De Pesos ($ 252Las Libranzas A Que Se Refiere El Artículo Anterior Se Amortizarán A Su Vencimiento Con El Producto De Los Bonos Cuya Emisión Autoriza El Artículo 2° De La Ley 35 De 19443Sus Intereses Se Pagaran Por Trimestres Vencidos, Contra La Presentación De Los Respectivos Títulos Y El Banco De La República Atendera El Servicio De Intereses Y Amortización De Dichas Libranzas, En Los Terminos Del Contrato Que Se Célebre Al Efecto4El Gobierno Podra Recger Estas Libranzas En Cualquier Tiempo, Cuando Asi Lo Aconsejaen Las Circunstancias Especiales Del Mercado Monetario , Dando Aviso A Los Tenedores De Ellas Con Treinta (30) Dias De Anticipación5El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha
03