Micelio

decreto 293 de 1913

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Artículo 1

Artículo único. Desde el 1.° de abril próximo en adelante, el Cónsul General de la República en Nueva York, disfrutará de una asignación de cuatro mil ochocientos pesos ($ 4,800) anuales. Comuníquese y publíquese

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro, de Relaciones Exteriores