DecretoVigente
Decreto 2052 de 2011
por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Establecer Un Gravamen Arancelario De Cero Por Ciento (0%) Para Las Siguientes Subpartidas Arancelarias: 3101001000 3102500000 3104300000 3808500029 3808929300 3808941100 3102101000 3102800000 3105300000 3808500031 3808929400 3808949100 3102109000 3102901000 3105400000 3808500039 3808931100 3808991100 3102290000 3103100000 3105901000 3808911200 3808939100 3808999100 3102300000 3104201000 3808500021 3808919100 38089392002El Arancel Establecido En El Artículo 1° Del Presente Decreto, Estará Vigente Por El Término De Un (1) Año, A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial Y Modifica En Lo Pertinente El Decreto 4589 De 2006 Modificado Por El Decreto 4114 De 2010
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, y en desarrollo de los principios consagrados en las Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991 , previo concepto del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, y
- Juan Carlos Echeverry GarzónEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Juan Camilo Restrepo SalazarEl Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural
- Sergio Diazgranados GuidaEl Ministro de Comercio, Industria y Turismo