DecretoVigente
Decreto 1036 de 1922
Por el cual se vota una partida para atender a los gastos que demande la reivindicación de terrenos baldíos en el Departamento del Magdalena
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Asígnase A Los Señores Fiscal Del Tribunal Del Distrito Judicial De Santa Marta Y Comisionado Del Gobierno Para La Reivindicación De Los Terrenos Baldíos En El Departamento Del Magdalena, La Suma De Quince Pesos ($ 15) Mensuales A Cada Uno, Para Los Gastos De Viaje Y Demás Diligencias Que Tengan Que Practicar En El Ejercicio De Sus Funciones2Estos Gastos Serán Pagados Por La Administración De Hacienda Nacional Del Magdalena, Una Vez Que Dichos Señores Presenten Las Cuentas De Cobro Debidamente Arregladas, Con El Páguese De La Gobernación, El Que Les Será Puesto Tan Pronto Como Hayan Comprobado Que Han Tenido Necesidad De Hacer Gastos Para El Desempeño De La Comisión Que Se Les Ha Confiado3La Suma Destinada Para Este Servicio Se Imputará Al Capítulo 63, Artículo 622, Del Presupuesto Vigente
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