En uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: 1.° Que por el parágrafo f) de la cláusula 6.a y el único de la 8.a del contrato celebrado con el Consorcio Albingia, aprobado por la Ley 66 de 1909, el Gobierno se comprometió á habilitar á Puerto César para la importación en Junio de 1912 y para la exportación en Diciembre de 1911
Considerando · 2 motivos
Que por el parágrafo f) de la cláusula 6.a y el único de la 8.a del contrato celebrado con el Consorcio Albingia, aprobado por la Ley 66 de 1909, el Gobierno se comprometió á habilitar á Puerto César para la importación en Junio de 1912 y para la exportación en Diciembre de 1911; 2.°;
Que el Consorcio Albingia ha manifestado, por conducto de su apoderado en esta ciudad, que acepta que el puerto no quede habilitado sino del 1.° de Enero en adelante, y el edificio que se obligó á construír por el parágrafo de la cláusula 8.a del contrato estará terminado en dicha fecha;
Artículo 1Desde El 1
° Desde el 1.° de Enero de 1912 quedará habilitado para la importación y la exportación el puerto llamado César, golfo de Urabá.
Artículo 2La Aduana Y Reguardo De Puerto César Tendrán Los Siguientes Empleados, Con Las Asignaciones Fijas Que Se Expresan, Sin Derecho Á Eventualidad Alguna: Un Administrador Contador $ 150 Un Guardaalmacén 80 Un Fiel De Balanza Escribiente 70 Un Cabo Primero 50 Un Cabo Segundo 40 Cuatro Guardas Á 30 Parágrafo
° La Aduana y Reguardo de Puerto César tendrán los siguientes empleados, con las asignaciones fijas que se expresan, sin derecho á eventualidad alguna: Un Administrador Contador $ 150 Un Guardaalmacén 80 Un Fiel de Balanza Escribiente 70 Un Cabo primero 50 Un Cabo segundo 40 Cuatro Guardas á 30
El Cabo primero del Resguardo hará parte de la Sección de Reconocimiento.
Artículo 3Regirán En Esta Aduana Todas Las Disposiciones Legales Y Ejecutivas Que Se Observan En Las Demás Aduanas Del Litoral Atlántico
° Regirán en esta Aduana todas las disposiciones legales y ejecutivas que se observan en las demás Aduanas del litoral atlántico.
Artículo 4La Aduana De Cartagena Proveerá Á La De Puerto César De Los Elementos Necesarios Para Su Instalación Y Funcionamiento Mientras Ésta Produce Lo Necesario Para Sus Gastos
° La Aduana de Cartagena proveerá á la de Puerto César de los elementos necesarios para su instalación y funcionamiento mientras ésta produce lo necesario para sus gastos.
Artículo 5Los Resguardos De Turbo Y Ríosucio Y De Puerto César Dependerán Directamente De La Administración De La Nueva Aduana
° Los Resguardos de Turbo y Ríosucio y de Puerto César dependerán directamente de la Administración de la nueva Aduana.