DecretoVigencia En Estudio
Decreto 323 de 1957
Por el cual se concede un auxilio
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Concédase Por Una Sola Vez, Un Auxilio De $ 202El Auxilio Ordenado Por El Artículo Anterior Se Pagará Con Arreglo A Las Respectivas Normas Administrativas Y Fiscales Vigentes Para Esta Clase De Erogaciones, Y De Acuerdo Con Las Que Para El Efecto Determine La Contraloría General De La Republica En Desarrollo De Este Decreto3Por Conducto Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Se Harán Los Traslados Correspondientes Del Capítulo 040, Artículo 402 Del Presupuesto Vigente Del Ministerio De Gobierno, Para El Cumplimiento De Este Decreto, El Cual Rige Des De La Fecha De Su Expedición
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Mayor General Gabriel Paris GPresidente de la República · encargado
- José María VillarealEl Ministro de Gobierno
- Carlos Sanz De SantamaríaEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Alfredo Duarte BumEl Ministro de Justicia, Mayor General
- Antonio Álvarez RestrepoEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Brigadier General Alfonso Saiz MontoyaEl Ministro de Guerra
- Jorge Mejía SalazarEl Ministro de Agricultura
- Raimundo Emiliani RománEl Ministro de Trabajo
- Juan Pablo LlináEl Ministro de Salud Pública
- Joaquín Vallejo ArbeláezEl Ministro de Fomento
- Julio Cesar Turbay AyalaEl Ministro de Minas y Petróleos
- Próspero CarbonellEl Ministro de Educación Nacional
- Pedro A. MuñozEl Ministro de Comunicaciones, Mayor General
- Tulio Ospina PérezEl Ministro de Obras Públicas