Micelio

decreto 1030 de 1910

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El Presidente de la República de Colombia

En uso de sus facultades legales

Artículo 1

Artículo único. Créase una plaza más de Ayudante en la Oficina Telegráfica del Socorro. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Subsecretario de Gobierno encargado del Despacho