DecretoVigente
Decreto 4479 de 2009
por el cual se modifica el artículo 20 del Decreto 600 de 1996 y se establecen algunas medidas de control para exportación de metales preciosos.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Modifícase El Artículo 20 Del Decreto 600 De 1996, El Cual Quedará Así: “artículo 202El Organismo Nacional De Acreditación De Colombia, Onac, De Conformidad Con Lo Establecido En El Decreto 4738 De Diciembre 15 De 2008, Acreditará Previa Verificación Del Cumplimiento De Los Requisitos Pertinentes, Al Organismo De Certificación Y/O Inspección Que Se Constituya Para Certificar Que El Material A Exportar, Corresponde A Mineral Transformado3Hasta Tanto Se Conformen Y Entren En Operación El O Los Organismos De Certificación Y/O Inspección De Que Trata El Artículo 2° Del Presente Decreto, Ingeominas O Quien Haga Sus Veces, Como Ente Delegado Por El Ministerio De Minas Y Energía Para El Recaudo De Las Regalías Y De Las Contraprestaciones Generadas A Su Favor, Directamente O A Través De Terceros Debidamente Calificados, Deberá Certificar Que El Material Exportado Corresponde A La Modalidad De Pedazos De Joyas En Desuso Y/O Pigmentos4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica El Artículo 20 Del Decreto 600 De 1996
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y la Ley 141 de 1994
- Oscar Iván Zuluaga EscobarEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Hernán Martínez TorresEl Ministro de Minas y Energía
- Luis Guillermo Plata PáezEl Ministro de Comercio, Industria y Turismo