DecretoVigente
Decreto 576 de 1993
por el cual se suspende transitoriamente el artículo 2° y se deroga el artículo 9° del Decreto 2024 de 1984.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Suspender Transitoriamente Por El Término De Dos (2) Meses, Contados A Partir De La Fecha De Publicación Del Presente Decreto, El Artículo 2° Del Decreto 2024 De 19842Derogar En Todas Sus Partes El Contenido Del Artículo 9° Del Decreto 2024 De 19843El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 09 de 1979, y
- Luis Alberto Moreno MejíaEl Ministro de Desarrollo Económico
- Juan José Echavarría SotoEl Viceministro de Comercio Exterior encargado las funciones del Despacho del Ministro de Comercio Exterior · encargado
- Juan Luis Londoño De La CuestaEl Ministro de Salud