DecretoVigente
Decreto 2039 de 1988
Por el cual se dictan normas en materia de corporaciones financieras.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º En Concordancia Con Lo Dispuesto En El Decreto 2777 De 1973, El Transporte Público Terrestre A Motor Será Beneficiario De Las Funciones Autorizadas A Las Corporaciones Financieras, Con Sujeción De Lo Dispuesto En El Decreto 2041 De 1987 Y Normas Que Lo Adicionen O Reformen2º El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, en especial de las que le confiere el numeral 14 del artículo 120 de la Constitución Política
- Arturo Ferrer CarrascoEl Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro · encargado