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decreto 1340 de 1955

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Artículo 1Delégase En El Departamento Del Atlántico Las Obras De Defensa De Puerto Colombia, Y En Consecuencia, La Partida Apropiada En Al Capitulo 133-A, Artículo 2818-A, Del Presupuesto De Gastos Del Ministerio De Obras Públicas Del Año De 1955, Se Entripará Al Tesoro Del Departamento Del Atlántico

º Delégase en el Departamento del Atlántico las obras de defensa de Puerto Colombia, y en consecuencia, la partida apropiada en al Capitulo 133-A, artículo 2818-A, del presupuesto de gastos del Ministerio de Obras Públicas del año de 1955, se entripará al Tesoro del Departamento del Atlántico.

Artículo 2Como Requisito Previo Indispensable Para La Entrega De Los Fondos De Que

º Como requisito previo indispensable para la entrega de los fondos de que. Trata el artículo anterior, el Tesorero del Departamento del Atlántico deberá garantizar el manejo mediante fianza debidamente aprobada por la Contraloría General de la República.

Artículo 3El Tesorero Del Departamento Del Atlántico, Deberá Rendir Cuenta A La Contraloría General De La República De La Inversión De Los Fondos Que Reciba De La Nación, De Conformidad Con Las Disposiciones Vigentes O De Las Que Para Este Caso Se Dicten Especialmente

º El Tesorero del Departamento del Atlántico, deberá rendir cuenta a la Contraloría General de la República de la inversión de los fondos que reciba de la Nación, de conformidad con las disposiciones vigentes o de las que para este caso se dicten especialmente.

Artículo 4Los Fondos Nacionales Que Se Giren Al Tesorero Del Departamento De! Atlántico Para La Obra A Que Se Refiere El Considerando De Este Decreto, No Podrán Emplearse En Fines Distintos

º Los fondos nacionales que se giren al Tesorero del Departamento de! Atlántico para la obra a que se refiere el considerando de este Decreto, no podrán emplearse en fines distintos.

Artículo 5Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

º Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Obras Públicas