Micelio

decreto 280 de 1934

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Artículo 1Los Emolumentos A Que Los Cónsules Honorarios De La República Tienen Derecho, De Acuerdo Con La Ley 36 De 1929, Quedan, Fijados Para El Año De 1934 En Las Siguientes Partidas Mensuales Consulado En Santiago De Cuba 65 Consulado En Puerto España 100 Consulado En La Habana 100 Consulado En Baltimore 30 Consulado En San Juan De Puerto Rico 50 Consulado En Boston 100 Consulado En Filadelfia 70 Consulado En Vancouver 60 Consulado En, Tampico 25 Consulado En Mejico 100 Consulado En Buenos Aires 100 Consulado En Kingston

º. Los emolumentos a que los Cónsules honorarios de la República tienen derecho, de acuerdo con la Ley 36 de 1929, quedan, fijados para el año de 1934 en las siguientes partidas mensuales Consulado en Santiago de Cuba 65 Consulado en Puerto España 100 Consulado en La Habana 100 Consulado en Baltimore 30 Consulado en San Juan de Puerto Rico 50 Consulado en Boston 100 Consulado en Filadelfia 70 Consulado en Vancouver 60 Consulado en, Tampico 25 Consulado en Mejico 100 Consulado en Buenos Aires 100 Consulado en Kingston. 100 Consulado en Seattle 50 Consulado en Houston 50 Consulado en Chicago 100 Consulado en San Antonio de Tachira 100 Consulado en San José de Costa Rica 50 Consulado en Santiago de Chile 80 Consulado en Newark 100 Consulado en Bahia, Brasil. 20 Consulado en La Paz. 75 Consulado en Panama 100 Consulado en Berlín 100 Consulado en Boulogne-sur Mer 10 Consulado en Bristol 15 Consulado en Berna 15 Consulado en Bruselas 23 Consulado en Colonia 20 Consulado en Glasgow 100 Consulado en Gotemburg 100 Consulado en La Rochela 20 Consulado en Las Palmas, Canarias 10 Consulado en Málaga 100 Consulado en Madrid 70 Consulado en Munich 10 Consulado en Rotterdam 100 Consulado en Sevilla y Cadiz 100 Consulado en Saint Nazaire 30 Consulado en Saint Etienne 80 Consulado en Oslo 50 Consulado en Trieste 10 Consulado en Valencia 50

Artículo 2En Cuanto A Los Emolumentos Del Servicio Consular En Europa, Y Mientras Subsistan Las Circunstancias Especiales Debidas A Las Fluctuaciones Del Cambio Internacional Y A La Baja Del Peso Colombiano, Estos Emolumentos Seguirán, Con El Aumento Del Cuarenta Por Ciento (40 Por 100) Dispuesto Por El Decreto Número 1939 De 24 De Noviembre De 1933

º En cuanto a los emolumentos del servicio consular en Europa, y mientras subsistan las circunstancias especiales debidas a las fluctuaciones del cambio internacional y a la baja del peso colombiano, estos emolumentos seguirán, con el aumento del cuarenta por ciento (40 por 100) dispuesto por el Decreto número 1939 de 24 de noviembre de 1933. Comuniquese y publíquese;

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional, encargado del Despacho de Relaciones Exteriores