DecretoDerogado
Decreto 1018 de 2004
por el cual se modifica la planta de alumnos de las escuelas de formación de oficiales y se fija la planta de soldados de las Fuerzas Militares.
9artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1La Planta De Alumnos De Las Escuelas De Formación De Oficiales Para Las Fuerzas Militares, Durante La Vigencia De 2004 (Hasta Junio), Quedará Constituida De La Siguiente Forma: Alféreces, Guardiamarinas Y Cadetes 32La Planta De Soldados Para La Vigencia De 2004 (Hasta Junio) Será La Siguiente: Soldados Regulares E Infantes De Marina 923La Planta De Alumnos De Las Escuelas De Formación De Oficiales Para Las Fuerzas Militares, Durante La Vigencia De 2004 (Julio-Noviembre), Quedará Constituida De La Siguiente Forma: Alféreces, Guardiamarinas Y Cadetes 34La Planta De Soldados Para La Vigencia De 2004 (Julio-Noviembre) Será La Siguiente: Soldados Regulares E Infantes De Marina 935La Planta De Alumnos De Las Escuelas De Formación De Oficiales Para Las Fuerzas Militares, A Partir Del 1° De Diciembre De 2004, Quedará Constituida De La Siguiente Forma: Alféreces, Guardiamarinas Y Cadetes 36La Planta De Soldados A Partir Del 1° De Diciembre De 2004 Será La Siguiente: Soldados Regulares E Infantes De Marina 937La Presente Planta Será Distribuida Mediante Resolución Ministerial Entre Las Fuerzas Militares, De Acuerdo Con Las Necesidades Del Servicio8Con El Propósito De Hacer Viable La Ejecución De Esta Planta De Personal Desde El Punto De Vista Presupuestal, Los Movimientos De Personal Deberán Hacerse En Forma Gradual, Consultando Estrictamente Las Necesidades De Efectivos Para El Cabal Cumplimiento De Las Funciones Asignadas A La Institución9El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga El Decreto Número 2684 Del 24 De Septiembre De 2003 Y Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los artículos 189 numeral 14 y 217 de la Constitución Política, y el artículo 2° del Decreto número 1793 de 2000
- Alberto Carrasquilla BarreraEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Jorge Alberto Uribe EchavarríaEl Ministro de Defensa Nacional